Los habitantes de la colonia donde se desarrolle el proyecto podrán presentar inconformidades ante la autoridad por el desarrollo de la obra
El procedimiento de Máxima Publicación Vecinal, con el que los proyectos de vivienda e inmobiliarios deberán tener el visto bueno de los vecinos para poder ejecutarse, ya es oficial en la alcaldía de Miguel Hidalgo, Ciudad de México.
Y es que fue publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el acuerdo por el que se establece el Procedimiento de Máxima Publicación Vecinal. Entre otras cosas, lo lineamientos contemplados brindan la oportunidad a los vecinos de la alcaldía a pedir información, así como presentar inconformidades, sobre las obras que se pretendan desarrollar en sus colonias.
Según lo estipulado, la Constancia de Publicitación Vecinal, que será requisito para emprender proyectos inmpobiliarios, deberá ser solicitada mediante escrito por el “Director Responsable de Obra, por el propietario o poseedor del predio y, en caso de haberlos, por todos los corresponsables del proyecto”. Añade que “la solicitud de Constancia de Publicitación Vecinal deberá ser presentada ante la Ventanilla Única de la Alcaldía Miguel Hidalgo”.
Aunado a lo anterior, el acuerdo establece que, al momento de iniciar con la solicitud de Constancia de Publicitación Vecinal, “se le invitará al Director Responsable de Obra a que participe en un video transmitido en vivo por Face Live en las redes sociales de la Alcaldía Miguel Hidalgo. En dicho video, se deberán exponer las características generales del proyecto”.
La Dirección Ejecutiva de Registros y Autorizaciones será la responsable de otorgar la Constancia de Publicitación Vecinal, misma que será entregada al interesado por la Ventanilla Única de la Alcaldía Miguel Hidalgo en los casos en los que no se hayan presentado manifestaciones de inconformidad, o aun habiéndose presentado, estas se hayan declarado infundadas en su totalidad.
Sobre la posibilidad de que vecinos puedan presentar inconformidades, el documento establece que las observaciones realizadas por los habitantes de la zona deberán fundar en “el nexo causal existente entre la posible infracción o irregularidad aducida y el patrimonio afectado, o bien entre dichas infracciones o irregularidades y su modo de vida, debiendo adjuntar al escrito de manifestación de inconformidad las constancias con que se cuente”. El periodo para presentar las querellas es de 15 días una vez que el desarrollador inicia con el trámite para obtener la constancia.
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Edgar Rosas
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