A través de la Ley de Derechos Humas y Garantías, el Congreso establece medidas que pugna por salvaguardar las garantías de las personas que deben ser desalojadas
Con el fin de evitar la violación a derecho humanos y salvaguardar las garantías de las personas, el Congreso de la Ciudad de México aprobó que los desalojos forzoso o lanzamientos sólo se “podrán llevar a cabo en casos excepcionales”.
Esta disposición fue contemplada en al artículo 60 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías, aprobada por los diputados en el arranque de 2019 y publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 8 de febrero pasado.
De acuerdo con lo establecido en la Ley, antes de ejecutar un desalojo o lanzamiento, se deberá buscar la mediación y evitar la fuerza. Además, establece que las personas a desalojar podrán ser indemnizadas en caso de ser privados de bienes o sufran perdidas inmateriales.
“Para evitar que los desalojos forzosos o lanzamientos violen, entre otros derechos, el derecho a una vivienda adecuada, podrán llevarse a cabo sólo en casos excepcionales.
“Antes de realizarse, las personas que serán desalojadas tienen el derecho a: no ser discriminadas, que se estudien todas las demás posibilidades que permitan evitar o minimizar la necesidad de recurrir a la fuerza; la debida indemnización en caso de ser privados de bienes o sufrir pérdidas inmateriales; y contar con las debidas garantías procesales, lo que incluye la obligación del juez de dar audiencia a las personas que puedan ser objeto de un lanzamiento de su domicilio”, señala la Ley.
Aunado a lo anterior, la Ley establece que las autoridades deberán garantizar el realojamiento de las personas desalojadas. El marco normativo expresa a la letra que “las autoridades competentes deben garantizar el adecuado realojamiento, de las personas sin recursos desalojadas, en un radio no mayor a 15 kilómetros tomando como centro el lugar de origen”.
“El Gobierno de la Ciudad de México, con base en el Plan General de Desarrollo y en el Programa de Ordenamiento Territorial, diseñará, ejecutará y regulará la política habitacional que garantice el pleno cumplimiento de lo establecido en los párrafos anteriores. Esta política contará con la participación de los sectores público, privado, social, y académico”.
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Edgar Rosas
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