El contar con un obligado solidario da mayores posibilidades de obtener un crédito, pues las instituciones financieras lo consideran como una operación de menor riesgo
Los requisitos que solicitan las entidades financieras para autorizar el otorgamiento de un crédito hipotecario pueden incluir un obligado solidario; en caso de que la capacidad económica del solicitante requiera verse respaldada con los ingresos de una persona adicional.
De acuerdo con José Ángel Borbolla, director general de la plataforma Cibergestión, el contar con un obligado solidario otorga mayores posibilidades de obtener un crédito, pues las instituciones financieras lo consideran como una operación de menor riesgo. Sin embargo, es importante conocer las implicaciones de asumir un compromiso de esta naturaleza.
¿Qué es un obligado solidario?
Un obligado solidario es una segunda persona que, mediante un contrato firmado, respalda un crédito hipotecario. Y, al igual que el deudor principal, está obligado a responder por la deuda de acuerdo con los conceptos registrados en el contrato.
Además, cabe mencionar que todo crédito se ve reflejado en el historial crediticio de cada persona a la que se otorga. Por lo tanto, este compromiso financiero también se verá reflejado en el historial del obligado solidario; lo cual podría restarle capacidad de pago para nuevos créditos mientras el adeudo no se haya liquidado.
¿Es conveniente fungir como obligado solidario?
Dados los compromisos que se adquirirán, el directivo de Cibergestión mencionó que solo es conveniente aceptar ser uno si:
- También es beneficiario del bien que se está adquiriendo.
- Cuenta con capacidad para hacerle frente al crédito, en caso de que el deudor principal ya no pueda pagarlo.
“En casos de créditos compartidos, ya sean conyugales o mancomunados, por regla general, ambos participantes adquieren la calidad de deudores principales; puesto que se comparten tanto las obligaciones como los beneficios del crédito. Sin embargo, pueden existir casos en que, por políticas de la institución financiera, aunque ambos firman el contrato, el que aporte mayor ingreso será el que se reconozca como acreditado y el otro será el obligado solidario”, agregó Borbolla.
Por ello, el especialista recomendó que, antes de proceder a la celebración del contrato, revisar con la instrucción financiera las calidades con las que cada interviniente va a participar en el crédito.
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Fernanda Hernández
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