De acuerdo con el Colegio de Notarios, el testamento se considera como la única forma legal de asignar los bienes a los herederos
Según una encuesta realizada por la plataforma Inmuebles24, el 69% de sus usuarios afirmaron ser dueños de las viviendas que habitan; sin embargo, de éstos, 8 de cada 10 señalaron que no cuentan con un testamento hasta este momento.
Asimismo, la encuesta reveló que el 40% de las personas mencionaron no saber cómo realizar los trámites para regularizar una propiedad intestada; mientras que el 30% ya lo logró y el 30% restante ya está en el proceso de hacerlo.
Además, la plataforma preguntó a sus usuarios si actualmente consideran más importante el otorgar un testamento:
- 36% Si, pero no he podido hacerlo
- 24% Si, en septiembre lo haré
- 16% Si, ya lo hice
- 10% No tengo bienes que heredar
- 8% No está en mis prioridades
- 6% Si, ya lo estoy tramitando
“El tema de testamentar es muy sensible para algunas personas, pero es un hecho que ésta es la mejor manera de dar tranquilidad a nuestra familia en caso de faltar; así como de proteger legalmente los bienes que queremos heredar. Hacerse de un patrimonio es una labor que lleva muchos años y lo mejor es asesorarse bien para tener todo en regla”, comentó Alejandro García del Río, director de Marketing de Inmuebles24.
Septiembre, mes del testamento
Cabe recordar que, durante todo este mes de septiembre, y en la mayoría de los estados de la República también en octubre, estará vigente la campaña Septiembre, Mes del Testamento.
Durante este periodo, los notarios de todo el país extenderán sus horarios de atención, brindarán asesoría jurídica gratuita en materia testamentaria y reducirán los costos del testamento hasta en un 50 por ciento.
De acuerdo con el Colegio de Notarios, el testamento se considera como la única forma legal de asignar los bienes a los herederos. Esto es lo que se debe tomar en cuenta para otorgarlo:
- El testamento se realiza ante un Notario. Sólo se requieren testigos en casos especiales; tales como no saber/poder firmar, no saber/poder leer, o carecer de la vista o del oído), o si lo solicita el interesado o el Notario.
- Puede hacerse las veces que se deseen, pero sólo será válido el último testamento que se haya realizado legalmente.
- Quien otorga el testamento recibirá una copia del documento; en tanto, el original permanecerá en el libro del Notario.
- En caso de extravío del documento, el Notario puede expedir otra copia.
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Fernanda Hernández
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