martes, 29 de octubre de 2019

Remate bancario o compraventa, ¿qué conviene más?

Al adquirir un inmueble es importante considerar ciertos aspectos para saber si es mejor hacerlo por medio de un remate bancario o un proceso de compraventa

Hoy en día existen diversas modalidades para adquirir una vivienda o un departamento, que se adaptan a las diferentes necesidades y capacidades económicas de los compradores, por ejemplo, los remates bancarios y la compraventa de inmuebles.

De acuerdo con Karla Cruz González, abogada especialista en asuntos Financieros e Inmobiliarios, y Arturo Rodríguez Habeica, socio del despacho BRRH Abogados, en el remate se adquiere una propiedad mediante una autoridad jurisdiccional, mientras que en la compraventa se realiza un acuerdo de voluntades entre comprador y vendedor.

Antes de tomar una decisión es recomendable considerar ciertos aspectos para saber cuál de las dos opciones es más conveniente, además de conocer a detalle en qué consiste cada modalidad de compra:

  • Remate bancario

Cuando una persona adquiere un inmueble por medio de un crédito hipotecario y no cumple con los pagos en tiempo y forma, la institución financiera con la que se contrató el crédito puede hacer efectivos los derechos que tiene sobre la propiedad a través de un juicio para venderla.

El objetivo de un remate bancario es que la institución recaude fondos para liquidar la obligación del deudor y recupere parte de la inversión del crédito otorgado.

Los interesados en adquirir un inmueble en esta situación deben obtener un billete de depósito que ampare 10% del valor del inmueble, expedido por el Banco del Bienestar, y realizar una oferta.

“Cualquier persona puede comprar una vivienda vía remate bancario, el requisito es que se presente a la audiencia de remate con su billete de depósito”, explican los especialistas.

En este proceso se concederán los derechos sobre el inmueble en cuestión al mejor postor, quien deberá seguir un proceso legal para convertirse en el nuevo propietario. Finalmente, se obtiene la sentencia por la cual se declara la propiedad y se inscribe en el Registro Público de la Propiedad.

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) recomienda, antes de comparecer al remate, contar con la asesoría de un abogado especializado en material de litigios hipotecarios y mercantiles, para revisar el expediente del juicio y los antecedentes de la propiedad, y asegurar que todo esté en orden.

  • Compraventa

Leonardo González, analista de Real Estate del portal inmobiliario Propiedades.com, subrayó que, mientras en el remate la transacción es con el banco, en la compraventa es directo con el vendedor, lo que brinda certeza de precio, tiempos de entrega y procedimientos de cierre.

Además, en la primera modalidad el comprador debe cubrir los pagos que no se encuentren al corriente y en la segunda obtiene un certificado libre de gravamen, documento que emite el Registro Público de la Propiedad.

Al adquirir un inmueble por medio de esta modalidad existe un contrato de compraventa, el cual, según la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), debe contener las siguientes cláusulas:

Descripción del bien objeto de la transacción.

Características técnicas y de materiales de la estructura, instalaciones y acabados del inmueble.

Precio total de la operación, forma de pago y los gastos adicionales que deberán cubrir las partes.

– Advertir las penas convencionales aplicables en caso de incumplimiento, así como las garantías para el cumplimiento y los gastos reembolsables.

¿Cuál es más conveniente?

De acuerdo con los especialistas, los remates bancarios tienen la ventaja de que en cada una de las subastas de bienes que se realiza se ve castigado el valor del inmueble, por lo que el postor podrá adquirirlo a un costo menor a su valor comercial. Por otro lado, cuando se adquiere a través de un contrato de compraventa, es más costoso porque el precio se atiene al valor comercial que tenga en ese momento el bien.

Sin embargo, es importante considerar si se necesita el inmueble para mudarse inmediatamente o si se ve como una inversión. En el primer caso, la sugerencia es optar por la compraventa, ya que el proceso de los remates bancarios puede prolongarse por años.

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Fernanda Hernández

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